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AUMENTAN LOS JUBILADOS QUE COBRAN PENSIÓN Y TRABAJAN. EL 50% DE LA PRESTACIÓN POR EL MOMENTO A LA ESPERA DE LA REFORMA QUE POSIBILITE COBRAR LA TOTALIDAD

17 febrero 2017
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Según datos del Ministerio de Empleo, más de 34.000 jubilados reciben el 50% de la prestación y siguen trabajando, siendo el 80% autónomos. Desde que en marzo de 2013 el Gobierno aprobara un Real Decreto que permite cobrar la mitad de la pensión y continuar laboralmente activos, el llamado sistema de “jubilación activa”, el número de personas que se ha acogido a él se ha multiplicado por cuatro. A finales de dicho año eran poco más de 9.000, mientras que el 1 de diciembre de 2016 superaban los 34.000. Para ser jubilado activo hay que cumplir las siguientes condiciones:

– Haber accedido a la pensión a la edad reglamentaria sin bonificaciones o anticipaciones de la edad, a menos de tener antes el derecho a la pensión completa. Es decir, se trata de una opción que excluye el caso de jubilaciones anticipadas o bonificadas por trabajos penosos o tóxicos. En el presente año, la edad legal de acceso a la jubilación ordinaria se sitúa en 65 años y cinco meses.

– Antes de la jubilación se exige que el porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión alcance el 100%. Al convertirse en jubilado activo, tendrá que seguir cotizando a la Seguridad Social, pero con unas condiciones mucho más ventajosas: únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, no por contingencias comunes. De esta forma quedarán sujetos a una cotización especial del 8% que se denomina de solidaridad, puesto que en ningún caso la pensión de estas personas podrá incrementarse.

– El trabajo del jubilado activo podrá realizarse a tiempo completo o parcial pero la prestación como pensionista será solamente el 50% de la pensión que le corresponda. Además, solo es compatible con los empleos en el sector privado (bien por cuenta ajena o propia, ya sea a jornada completa o parcial), ya que los públicos quedan excluidos de este sistema.

Al margen de la jubilación activa, la normativa también permite compatibilizar el cobro parcial de la prestación pública de jubilación con el trabajo y alta en el régimen de la SS que corresponda en dos casos más. El primero es trabajar a tiempo parcial en los términos establecidos para la modalidad de la jubilación flexible. El importe de la pensión de jubilación se reducirá en proporción inversa a la reducción aplicable a la jornada de trabajo. En segundo lugar, se pueden realizar algunos trabajos por cuenta propia siempre que los ingresos anuales no superen el SMI (salario mínimo interprofesional) en cómputo anual, es decir, 9.906 euros en 2017.

Con estas restricciones, inexistentes en otros países, no resulta extraño que muchos trabajadores cualificados —directivos con frecuencia— que desean seguir siendo activos en su profesión o dedicarse a escribir o dar conferencias busquen triquiñuelas legales para seguir obteniendo retribuciones, cobrar derechos de autor o facturar por los servicios prestados. Crean para ello sociedades mercantiles, con la dificultad añadida de no poder figurar como administradores porque ello obliga a darse de alta como trabajador por cuenta ajena, algo incompatible con recibir pensión. En este caso, el empresario jubilado puede obtener una remuneración por “las funciones inherentes a la titularidad” del negocio y en función de la participación que tenga en el capital, que recibirá en forma de dividendos.

No obstante, el Gobierno —primero la ministra de Empleo Fátima Báñez y más recientemente el ministro de Hacienda Cristóbal Montoso— ha prometido favorecer a los jubilados la prolongación de la vida laboral cobrando el 100% de la pensión, algo que podría implantarse este mismo año, según algunas fuentes. En caso de cumplirse las promesas del Gobierno, el presidente de la Federación de Autónomos ATA, Lorenzo Amor, pronostica que en los próximos cuatro años se podría llegar a los 100.000 jubilados activos, algo que incluso se duplicaría si se rebajaran los requisitos. “Bajar el límite de 35 años cotizados a 25 años y continuar cotizando a la vez que se percibe una parte de la pensión tendría efectos muy buenos y permitiría aflorar economía sumergida”, asegura.

Fuente: Wolters Kluwer

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