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GUÍA BÁSICA DEL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA QUE FLEXIBILIZARÁ LOS REQUISITOS PARA LEGALIZAR INMIGRANTES

23 julio 2024
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  • Incluye fórmulas de arraigo que permitirán trabajar a quienes ya viven en España

 

  • Rebaja de tres a dos los años de permanencia exigidos a cambio del permiso

 

  • Los extranjeros asalariados deberán acreditar entre 6 y 12 meses de trabajo previo

 

El departamento de Migraciones que encabeza Elma Saiz ha elevado a audiencia pública el anteproyecto de real decreto del nuevo reglamento de extranjería. El Gobierno ha trabajado con la Comisión de Migraciones y las Comunidades para flexibilizar los requisitos que enfrentan los inmigrantes a la hora de regularizar su situación, principalmente la residencia y el trabajo. Ofrecerá más facilidades en este sentido para las víctimas de explotación laboral y nuevas fórmulas de arraigo que faciliten el empleo para quienes viven ya en España. Exige dos años de permanencia previa en vez de tres y elimina el requisito de familiares españoles. Así, el nuevo texto (que ahora puede recibir la aportación ciudadana) prevé facilitar los procedimientos y permitirá compatibilizar el trabajo por cuenta propia y ajena.

El arraigo es sin duda el aspecto central de la normativa. Migraciones explica que el nuevo procedimiento incluiría fórmulas para que las personas que ya están en España y no están autorizadas para trabajar, puedan hacerlo. Son las figuras de arraigo de segunda oportunidad, a arraigo sociolaboral y la de arraigo social. Predomina el arraigo familiar y por formación en el desarrollo normativo. Por ejemplo, otorgar el visado a un progenitor extranjero con menor nacional a cargo o crear un proceso que autorice el acceso al trabajo tras los estudios.

La ministra ha destacado la mejora en el procedimiento para regularizar a los inmigrantes que han sufrido explotación laboral y mayor protección para que estas personas puedan "cambiar de empresario" en caso de este tipo de abusos o ante la imposibilidad de realizar el trabajo. A cambio, el proceso de contratación de personas en origen también se simplificará y flexibilizará, de modo que los empresarios tengan más información en todo el procedimiento.

Las personas extranjeras podrán obtener el permiso de residencia temporal si cumplen los requisitos específicos. Por ejemplo, el arraigo de segunda oportunidad exige acreditar actividad laboral por cuenta propia desarrolladas los dos años previos en periodo de permanencia regular sin autorización.

En el caso de los asalariados, Migraciones exigirá acreditar una relación laboral de hasta seis meses con una jornada laboral de 30 o más horas; nueve meses con una jornada de 20 a 30 horas; y un año para quien promedie más de 15 horas, pero menos de 20. Estos trabajadores no deben haber recibido previamente la autorización por motivos excepcionales en los dos años previos ni haber provocado altercados públicos, contra la seguridad o salud pública.

En el sector agrario, donde hay una elevada presencia de trabajadores extranjeros, Migraciones ofrece la posibilidad de presentar dos o más contratos con distintos empleadores para acreditar el periodo de trabajo previo. En el caso de desarrollo de actividades en una misma o distinta ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador, se admitirá la presentación de varios contratos.

También ha creado el arraigo sociolaboral, por el que podrán regularizar su situación en España quienes lleven dos años en el país y presenten uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales.

Para evitar fraudes, se exige que se tenga que mantener al trabajador tres meses de alta en la Seguridad Social en un periodo de seis meses, para poder prorrogar un año más. Para el arraigo social se seguirán exigiendo tres años de permanencia en España, contar con vínculos familiares y medios económicos suficientes. Los empresarios deberán garantizar unos requisitos mínimos referentes a los salarios y condiciones de los trabajadores extranjeros.

 

CONTRATACIÓN COLECTIVA, FAMILIA Y VÍA RÁPIDA

 

En cuanto a la formación, la ministra ha anunciado que, con esta reforma, las personas que vienen a España a realizar estudios superiores no van a tener que renovar sus permisos cada año, si no que van a disfrutar de una autorización que dure lo que duren sus estudios.

También se facilitará una vía rápida o un 'fast-track' para poder enlazar este permiso con una autorización de trabajo una vez acabados los estudios, de forma que los estudiantes van a poder trabajar desde el primer momento, una vez acabada la formación.

El reglamento introducirá mejoras en la regulación de las actividades de temporada, favoreciendo las "contrataciones colectivas", un procedimiento para la concesión de autorizaciones iniciales de residencia y trabajo y de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada respecto de aquellas personas extranjeras que no se hallen o residan en España a través de su tramitación colectiva en origen a partir de las ofertas presentadas por uno o varios empresarios.

El tercer gran bloque de la reforma tiene que ver con los lazos familiares: flexibilizarán todos los requisitos para acceder a la reagrupación familiar, por ejemplo, facilitando la forma de acreditar que se tienen recursos económicos para acoger al familiar. Y en cuanto a los familiares de españoles, se modificará el arraigo familiar y se aprobará el estatuto de familiar de español como una categoría propia que tenga en cuenta toda la jurisprudencia del ámbito de la Unión Europea.

 

 

Fuente: elEconomista

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