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NOVEDADES FISCALES PARA AUTÓNOMOS EN 2024: MÁS DEDUCCIONES EN LA RENTA Y EL IVA

19 febrero 2024
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  • Podrán minorar en el IRPF hasta 5.750 euros por los planes de pensiones
  • Es obligatorio presentar la declaración, independientemente de los ingresos

  • La Administración ya permite desgravar parte de los suministros de la vivienda

 

El año 2024 trae novedades fiscales para los autónomos, comenzando por la declaración de la Renta, que por primera vez tendrán que presentarla este año sí o sí independientemente de su nivel de ingresos. Pero hay más, los trabajadores por cuenta propia también podrán beneficiarse mayores deducciones en el IRPF por los planes de pensiones, de hasta 4.250 euros por encima de la que se permitía el año pasado, y podrán minorarse en el IVA, de forma proporcional, los suministros de la vivienda si la utilizan para ejercer su actividad. Estos son los cambios en materia fiscal para los autónomos.

 

RENTA OBLIGATORIA

 

A partir de este año, todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar deberán presentar la declaración de la Renta. Antes solo tenían que realizar la declaración aquellos autónomos que hubieran obtenido rendimientos netos a través de sus actividades económicas por encima de los 1.000 euros al año o que hubieran obtenido rentas inmobiliarias por encima de este umbral.

 

PLANES DE PENSIONES

 

Los autónomos han visto incrementado en 2024 el límite que pueden deducirse en el IRPF por los planes de pensiones de empleo simplificados. Por primera vez, este límite pasa de los 1.500 euros a los 5.750 euros, lo que implica que estos trabajadores podrán minorarse hasta 4.250 euros más al año en el impuesto de la Renta. Cabe destacar que estos planes deben estar promovidos por las asociaciones de autónomos, colegios profesionales u otros organismos ofiGastos de vivienda

Los autónomos también pueden deducirse ya los gastos por suministro de vivienda, entre los que están la luz, el agua o Internet, de los que hagan uso de forma proporcional por utilizar el inmueble para la actividad profesional, además de la privada. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ya determinó en julio que estos gastos podían deducirse proporcionalmente en el IVA, tal y como marca la Directiva europea del impuesto. La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, ya ha acogido este nuevo criterio y permite la deducción.

 

SISTEMA DE MÓDULOS

 

Los autónomos que tributen por el sistema de estimación objetiva, también conocido como el sistema de módulos, podrán aplicarse este año una reducción del 5% en el IRPF sobre los ingresos netos, lo que supone un recorte frente al 10% del que podían beneficiarse el año pasado. Las reducciones especiales para las actividades agrícolas y ganaderas se mantienen igual que el año pasado. Los autónomos podrán minorarse en el IRPF el 35% del coste del gasóleo agrícola y el 15% del coste de los fertilizantes necesarios para su actividad. También se conserva la reducción del 20% para las actividades económicas desarrolladas en La Palma a consecuencia del volcán y la reducción del 20% para las actividades desarrolladas en Lorca (Murcia) por el terremoto de 2011.

 

EMPRESARIOS

 

Los autónomos empresarios, es decir, aquellos que tengan una compañía, podrán beneficiarse de la nueva reducción de tipos en el Impuesto de Sociedades para las empresas más pequeñas. El tipo general para las pymes que facturen menos de un millón de euros al año baja del 25% al 25%. Las compañías emergentes (startup) podrán aplicarse un tipo reducido del 15% a partir del primer año que den beneficios y en los tres siguientes ejercicios.

 

FECHAS CLAVE

 

Los autónomos tendrán que presentar la declaración trimestral del IVA entre los días 1 y 22 de los meses de enero (ya pasado), de abril, de julio y de octubre. Por otro lado, la campaña de la declaración de la Renta de este año comenzará el próximo 3 de abril y hasta el 30 de junio. El día 26 de junio es el último para domiciliar al pago. No obstante, muchos autónomos adelantan el IPRF a través de las retenciones soportadas a lo largo del año y que se incluyen en cada una de las facturas emitidas o mediante los modelos 130 y 131 que se presentan cada trimestre. Las fechas son las mismas que la declaración trimestral del IVA, entre el 1 y el 22 de enero, abril, julio y octubre.

 

 

Fuente: elEconomista

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